domingo, 20 de abril de 2008

Comentario sobre el no-voto de Paraguayos

Al tiempo de saludarlos, me gustaría formular algunas manifestaciones sobre el no-voto de los paraguayos en el extranjero. Las mismas no tienen otra pretensión que exponer mi punto de vista sobre las consecuencias vinculadas a la ausencia del territorio nacional de los electores el día de la votación.

Este debate se generó en Francia a raíz de un comunicado difundido por la Embajada donde se informaba que trabajarían el domingo y que la gente puede concurrir ese día para solicitar una constancia de encontrarse fuera del país. Algunos compatriotas recriminaron a los funcionarios el no organizar una elección, otros le reclamaron porque no pueden votar como en Paraguay. Otros señalaron simplemente que votar no era obligatorio en Paraguay y que se podría facilitar el número de cédula desde el extranjero para que otra persona vote en Paraguay en lugar de la persona que se encuentra fuera del país.

1) SOBRE LA OBLIGACIÒN DE VOTAR

El art. 4 del código electoral paraguayo (ley 834/96) prevé:

El voto es universal, libre, directo, igual, secreto, personal e intransferible. En caso de duda en la interpretación de este Código se estará siempre a lo que sea favorable a la validez del voto, a la vigencia del régimen democrático representativo, participativo y pluralista en el que está inspirado y a asegurar la expresión de la auténtica voluntad popular. El ejercicio del sufragio constituye una obligación para todos los ciudadanos habilitados, cuyo incumplimiento será sancionado conforme lo establece el artículo 332 de este Código.

La prohibición de votar para los emigrantes no está en la ley, sino en el art. 120 de la Constitución. Como el voto es obligatorio en el Paraguay, las personas que están fuera deben concurrir a las oficinas de la embajada o consulado más próximo y solicitar una constancia de que se encuentran fuera del país (aunque sea como turista y con más razón si es residente).

2) SOBRE LA CONSTANCIA

Las personas que votan en el país reciben una “constancia de voto” expedida por el presidente de la mesa en el local electoral. Este documento puede ser solicitado muchas veces no solo a los funcionarios públicos sino también a las demás personas para ciertos trámites.

No sé si en otros lugares se emitió un comunicado similar al que se hizo en Francia. Hoy en día no es posible organizar ni siquiera un “simulacro de voto” en las sedes diplomáticas paraguayas.

Nada obsta sin embargo a que se realice un “voto simbólico” y que el mismo sea organizado por la colectividad en algún lugar fuera de la embajada. En Francia se está discutiendo este hecho y sé que en EE.UU. se habló también del tema.

3) SOBRE LA MULTA

El código electoral en su art. 332 prevé una multa de medio (Gs. 22.362) a un jornal (Gs. 44.724) mínimo para actividades diversas no especificadas en caso de que no se vote. Esta cifra fue calculada teniendo en cuenta el monto vigente expuesto en el Decreto P.E. 11137 del 24 de octubre de 2007.

La constancia de encontrarse en el extranjero permite sin duda justificar el incumplimiento de la obligación de votar por el ciudadano y evitar la multa, en el caso de que le sea requerida la “constancia” de haber votado o un justificativo del no voto.

4) SOBRE LOS POSIBLES FRAUDES

El hecho de solicitar/obtener la constancia de encontrarse en el extranjero no está relacionado con la posibilidad de que otra persona vote en representación de la primera en el Paraguay.

Se están analizando medidas para verificar si las personas que han fallecido no voten y también se habló de la posibilidad de controlar por parte de las personas que se han ido a vivir al extranjero que nadie haya votado en su lugar.

Una vez más, la constancia otorgada por las autoridades diplomáticas cumplirá un papel importante en ese sentido, ya que constituirá un medio de prueba importante para acreditar la ausencia del votante en el país y la imposibilidad de haber emitido su voto.

5) QUEDA MUCHO POR HACER

Gracias a la colaboración de un super experto en temas informáticos (Cristian Bosch), la semana que se tendrá renovado el sitio de www.turemesavaleunvoto.org A las personas que quieran informar a sus familiares o amigos en el Paraguay sobre la campaña para que las mismas colaboren en la recolección de firmas, pueden dirigirse a la parroquia del Colegio Cristo Rey (Ygatimi y Colón, Asunción) en horario de oficina para depositar los formularios.

Reciban un cordial saludo.

Alberto Poletti A.

Resumen de Propuestas de Tu Remesa Vale un Voto

Campaña por los derechos de los emigrantes paraguayos
“Más allá de las fronteras”

1) Actualización/Adecuación de normas sobre nacionalidad
Numerosos artículos de la Constitución paraguaya no han sido reglamentados. Así, las leyes en materia de nacionalidad se encuentran dispersas (Ley 582/95 y Acordada 80/98) y muchas normas necesitan ser actualizadas (Ley 1266/87 sobre el Registro Civil, Ley 40/89 y 978/96 sobre Repatriación y Migraciones)
Se necesita una ley sobre nacionalidad que regule la materia en forma integral y al mismo tiempo es necesario adaptar las leyes citadas a la situación actual. Así, debe tratarse en esta ley la doble nacionalidad, los casos de renuncia a la nacionalidad paraguaya y la forma de readquirirla, los casos de suspensión de la ciudadanía, entre otros.

2) Modificación del art. 120 de la Constitución paraguaya (Voto en el extranjero)
El tema fue objeto de debate en la Convención Nacional Constituyente de 1992. El día de hoy, la situación ha cambiado profundamente, muchos paraguayos han emigrado a otros países en busca de mejores horizontes. Hoy en día gracias al avance tecnológico los mismos pueden seguir vinculados al país y la gran mayoría desea seguir participando como elector.

3) Facilitación de trámites consulares
Esta propuesta pasa por el mejoramiento y la profesionalización del Ministerio de Relaciones Exteriores. Así, buscamos que los paraguayos residentes en el exterior puedan renovar sus documentos de identidad (cédula y pasaporte) en las Embajadas y Consulados del país, que los actos modificatorios de estado civil (nacimiento, matrimonio, divorcio, fallecimiento) sean comunicados por estas representaciones a las autoridades nacionales competentes y puedan obtenerse los certificados correspondientes por esta vía.

4) Convenios/Regulación de la migración
Al igual que la propuesta anterior, se busca que el gobierno celebre convenios con los países que reciben mano de obra paraguaya para que puedan gozar de prestaciones sociales y que sus aportes jubilatorios sean reconocidos en ambos países.

5) Participación en la vida del país
Muchos paraguayos que viven en el extranjero desean colaborar en el mejoramiento del país. Proponemos una reunión anual en la sede del consulado o embajada más cercano al domicilio para que los funcionarios de estas oficinas informen a los residentes paraguayos en su jurisdicción de las actividades, proyectos y también involucren a los mismos, si ello es posible, en las actividades a realizarse.
La opinión de los residentes en el extranjero debe ser tomada en cuenta para los ascensos y las promociones del personal diplomático y consular.

6) Facilitación del retorno al país
Hoy en día existen franquicias y facilidades para el retorno al país de compatriotas y familiares. Sin embargo, estas ayudas no son conocidas y por ello, son poco utilizadas. Es necesario crear un sistema de ayudas que incluyan ahorros, préstamos y aportes para construcción de viviendas e incluir facilidades impositivas y escolares para las personas que retornan y sus familiares.
Creemos que el gobierno debe ocuparse de proteger y facilitar el envío de remesas de paraguayos desde el extranjero a sus familiares residentes en el país.
Por otro lado, a las personas de origen paraguayo (que hayan adquirido otra nacionalidad o sus descendientes) deberá otorgarse una visa especial que facilite viajes al país en condiciones más ventajosas que a las personas de otras nacionalidades sin vínculos con el país.
Igualmente, los familiares de las personas que fallecen en el extranjero deben ser asistidas para obtener el retorno de los restos del ser querido al país, si así fuere su deseo. Creemos que una contribución en forma de tasa de las personas que utilizan los servicios aéreos del país puede contribuir a obtener este propósito.

7) Censo
Hoy en día el registro de la residencia en las Embajadas y Consulados no es obligatorio para los que residen en el extranjero. Resulta entonces indispensable conocer quienes son las personas que viven fuera del país y sus condiciones de vida. Al mismo tiempo de realizarse el censo nacional, las autoridades nacionales deberían preocuparse por conocer la cantidad de compatriotas que viven en el extranjero.

8) Facilitación de las comunicaciones telefónicas y postales
La liberalización de la prestación de servicios de Internet permitirá no solo a los residentes en el extranjero sino también a los que viven en el país y a las empresas radicadas en el territorio nacional comunicarse en forma más rápida y económica que aquellos que utilizan la telefonía normal.
Igualmente debe profesionalizarse el servicio postal para que los envíos realizados desde y hacia el Paraguay no se extravíen y pueda obtenerse un servicio de calidad, incluso en las zonas rurales.

Anexo:

Programas sobre Colombia

http://www.minrelext.gov.co/wps/portal/colnosune

http://www.colombianosenelexterior.com/index.php?idcategoria=13431&PHPSESSID=2ac7d1aff4561c3c4bc5b729ec853f15

http://www.colombianosune.com

Formularios para la Enmienda

Acabamos de subir al sitio varios documentos que abogan por la enmienda de la ley que actualmente no permite a los paraguayos que residen en el extranjero votar durante los comicios en Paraguay. Estos documentos estan a total disposición de los interesados en la sección de DOWNLOADS en la columna derecha de esta página. Esperamos que los lectores descarguen, lean, impriman y firmen los documentos para así aportar más peso y validez a la justa causa. El envío y recepción de firmas se puede hacer en la Parroquia de Cristo Rey (Ygatimí y Colón, Asunción, Paraguay).